El asunto se viene tratando en España hace tiempo y el Gobierno avanza lentamente para que los descendientes de judíos sefaradíes expulsados en 1492 obtengan la nacionalidad española. El proyecto de ley se aprobó ayer y quedaron enmarcados los criterios para obtener la ciudadanía.
Los requisitos son:
- Certificado de la Federación de Comunidades Judías de España, del presidente de la comunidad judía donde resida o de la autoridad rabínica correspondiente o por el idioma familiar, la partida de nacimiento o el certificado matrimonial según las tradiciones de Castilla.
- La inclusión del peticionario o su ascendencia en las listas de familias sefardíes protegidas por España a que hace referencia el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1948 y el Real Decreto de 20 de diciembre de 1924.
- Consanguinidad del solicitante con una persona incluida en esas listas o realización de estudios de historia y cultura españolas, así como actividades benéficas a favor de personas o instituciones españolas.
- La especial vinculación con España exigirá la superación de una prueba de evaluación de la lengua y cultura española del Instituto Cervantes.
La concesión de la nacionalidad quedará en manos de la Dirección Nacional de los Registros y del Notariado y deberá ser inscrita en el Registro Civil en el plazo de un año.
- Para leer más sobre este tema, oprima aquí.
Muy Inportante Shalom.