El proceso contra el boicot de Gijón a Israel sigue su curso

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En Gijón, el Juzgado número 1 de Gijón decidió el día 18 de julio de 2016, sin negar que fuera discriminatorio, no admitir la nulidad del acuerdo de boicot del Ayuntamiento de Gijón, sosteniendo que el boicot no había llegado a existir. El Magistrado consideró que era una petición del pleno al equipo de gobierno de Gijón, que no había sido acogida por la Alcaldía; y añadiendo que de haberlo sido, si podría haber sido impugnada al tener efectos vinculantes.

Lamentablemente, tal idea no es cierta, por lo que la vía legal iniciada por ACOM contra la decisión del Pleno del Ayuntamiento sigue abierta, siendo ahora el Tribunal Superior de Justicia de Asturias quien tomará la decisión sobre la nulidad del acuerdo de boicot, valorando las siguientes circunstancias.

1. El acuerdo pleno del Ayuntamiento no sólo declara a Gijón Espacio Libre de Apartheid Israelí, se adhiere a campaña boicot, y decide imponerlo tanto a Israel como a empresas.
2. El acuerdo de boicot no es una simple petición del Pleno. El secretario certificó el inicio de su cumplimiento, con comunicaciones de boicot a cada empresa municipal y al Servicio Contratación y Compras.
3. En toda España hay ya 24 sentencias, autos judiciales, informes de Fiscalía y de secretarios municipales que respaldan nulidad acuerdos boicot.


Gracias a la salvaguarda en la protección de Derechos fundamentales que el Estado de Derecho ofrece, la sociedad civil no cejará en el empeño de defender sus derechos frente a discriminatorias y antisemitas decisiones con efectos reales sobre la ciudadanía.

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