Texto completo: propuesta de reforma judicial de Herzog

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El marco constitucional propuesto por el presidente para resolver las relaciones entre las ramas del gobierno en Israel por amplio consenso.

Principios

R. Este documento no pretende reemplazar el proceso legislativo formal en la Knesset. El propósito de este documento es delinear la base para los procedimientos legislativos antes mencionados que serán promovidos por amplio consenso en la Knesset.


B. Todos los arreglos establecidos en este documento constituyen un paquete legislativo completo, descansando en un delicado sistema de equilibrios que deben mantenerse entre las autoridades gubernamentales, y deben ser vistos como un todo. Es decir, ninguna parte de este documento se sostiene por sí sola, sino que depende de las otras partes del documento. El documento expresa equilibrios adecuados, que deben mantenerse durante los procedimientos legislativos.

C. Todos los arreglos en este documento deben ser promulgados en un procedimiento legislativo unificado como Ley Básica: La Legislación y como enmiendas a las leyes básicas y la legislación primaria, de acuerdo con los detalles de este documento.

D. No se promoverán los trámites legislativos de nuevas leyes básicas o reformas a leyes básicas existentes hasta que se complete la legislación de todos los ordenamientos incluidos en este documento.

La elaboración y modificación de las Leyes Básicas (Ley Básica: La Legislación)

1. Las Leyes Básicas son la base de la constitución del estado, establecidas de acuerdo con los principios fundacionales de la Declaración de Independencia, mientras anclan los valores del Estado de Israel como un estado judío y democrático.

2. Las Leyes Básicas establecen y rigen la estructura básica del gobierno, las instituciones del Estado, los principios básicos del Estado y los derechos humanos.

3. Una Ley Fundamental deberá indicar en su título que es una Ley Fundamental sin fijar una fecha de promulgación.

4. Una Ley Básica no puede ser derogada o modificada excepto por una Ley Básica.

5. Una ley no derogará, derogará o cambiará una Ley Fundamental.

6. Las normas de emergencia no tienen facultad para derogar, derogar o modificar una Ley Fundamental.

7. Se promulgará una Ley Básica en cuatro lecturas en la Knesset.

8. Una Ley Básica será promulgada o enmendada en la primera, segunda y tercera lectura por una mayoría de al menos 61 miembros de la Knesset, seguida de una cuarta lectura en la sesión plenaria de la Knesset en la forma aprobada en la tercera lectura, si ocurre uno de los siguientes:

  • La cuarta lectura fue aceptada por una mayoría de 80 miembros de la Knesset en la sesión de la Knesset destinada a este asunto, siempre que se haya celebrado al menos tres meses después de la tercera lectura y que no se haya celebrado en los primeros seis meses de la Knesset. tenencia.
  • La cuarta lectura fue aceptada por una mayoría de 70 miembros de la Knesset en una sesión diseñada para este asunto y celebrada en la Knesset que sigue a la que votó la ley en las tres primeras lecturas, siempre que hayan pasado al menos tres meses después la Knesset se ha reunido.

9. No habrá votaciones sobre Leyes Básicas después de que se haya tomado la decisión de disolver la Knesset.

10. Modificar las disposiciones de la Ley Básica: El Knesset, que garantiza elecciones justas e igualitarias: igualdad electoral, derecho al voto, derecho a ser elegido y prohibición de extender el mandato del Knesset, una mayoría de 80 diputados se requerirá en las cuatro lecturas.

11. Una Ley Básica que estaba en vigor antes de la publicación de este documento se considerará aceptada de acuerdo con la Ley Básica: La Legislación, y las disposiciones de la Ley Básica: Le será aplicable la Legislación estipulada en este documento.

12. Ley Básica: La Legislación también incluirá disposiciones relativas a la forma de promulgar la legislación primaria y la legislación secundaria.

Revisión judicial de la legislación (Modificaciones a la Ley Fundamental: El Poder Judicial)

1. El Tribunal Supremo tiene competencia exclusiva para determinar la nulidad de una ley por contradicción con las disposiciones de una Ley Fundamental.

2. Ningún tribunal está facultado para ejercer la revisión judicial de las Leyes Fundamentales que hayan cumplido todas las condiciones procesales requeridas para su promulgación, de conformidad con el régimen previsto en este documento.

  • Se establecerá un esquema acordado para el servicio militar o la legislación del servicio civil nacional. Los puntos principales del esquema se promulgarán como una reforma a una ley básica, y por lo tanto serán inmunes a la revisión judicial, de acuerdo con las disposiciones del arreglo en este documento.

3. El Tribunal Supremo podrá declarar la nulidad de una ley, en una sala ampliada de no menos de 11 jueces, y por una mayoría no inferior a las dos terceras partes de la sala.

4. Si una mayoría del jurado pero menos de dos tercios declara que una ley contradice las disposiciones de una Ley Fundamental, el tribunal puede dictar una declaración de incompatibilidad.

La declaración de incompatibilidad no tendrá el poder de anular la validez de una ley. Después de tal declaración, la Knesset discutirá la ley y examinará las enmiendas legislativas que sean necesarias.

5. Se establecerán disposiciones para el traslado de la decisión sobre la validez de una ley por contradicción con una Ley Fundamental de los demás tribunales competentes al Tribunal Supremo, según el régimen establecido en este documento.

6. El control judicial de la legislación continuará aplicándose en toda la extensión de los derechos derivados del derecho a la dignidad humana, incluido el derecho a la igualdad, tal como ha sido interpretado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo hasta la promulgación de las disposiciones previstas. en este documento.

Selección de jueces (Modificaciones a la Ley Orgánica: El Poder Judicial)

1. El comité de selección judicial estará integrado por 11 miembros: el Ministro de Justicia y dos ministros adicionales a ser elegidos por el gobierno.

El Presidente de la Corte Suprema y otros dos jueces asociados de la Corte Suprema que serán elegidos por sus compañeros jueces, sujeto a las disposiciones de representación apropiada que se detallan a continuación.

Tres miembros de la Knesset, entre ellos un miembro de la coalición y dos miembros de diferentes partidos de oposición. El representante de la coalición será elegido por la coalición; los representantes de la oposición serán elegidos por los partidos de la oposición.

Si un partido de oposición se une a la coalición o se retira de la coalición, se elegirán nuevos representantes en consecuencia.

Dos representantes del público, juristas, que estén calificados para servir como jueces de la Corte Suprema, de conformidad con la Ley de Tribunales y que tengan una rica experiencia en juzgar o ejercer el derecho o la academia, designados por el Ministro de Justicia con el consentimiento del Presidente de la La Suprema Corte. Los representantes del público serán designados por el mandato de una sola Knesset sin posibilidad de reelección.

2. Se establecerán disposiciones legales o reglamentarias para garantizar la independencia de juicio de todos los miembros del comité.

3. El comité seleccionará a los jueces de la Corte Suprema por una mayoría de siete miembros del comité.

4. El comité debe incluir en el proceso de selección consideraciones tales como: el nivel profesional de los candidatos, un reflejo de la diversidad de grupos en la sociedad israelí; las necesidades de la Corte Suprema en cuanto a la diversidad de las áreas de especialización de sus jueces, y la diversidad de la composición de los jueces en relación con su cosmovisión teológico-judicial.

5. Al menos uno de los representantes de los jueces de la Corte Suprema en el comité, al menos uno de los representantes del gobierno en el comité, al menos uno de los representantes de la Knesset en el comité y al menos uno de los representantes públicos en el comité ser mujer Al menos uno de los miembros del comité será un representante de la sociedad árabe.

6. La comisión elegirá al presidente y vicepresidente del tribunal, de acuerdo con la práctica vigente, según la fecha de nombramiento de los jueces.

7. El número de jueces de la Corte Suprema se basará en la práctica actual, y la fecha de retiro de los jueces estará de acuerdo con las disposiciones establecidas por la ley actual.

8. El comité seleccionará a los jueces de los tribunales inferiores por una mayoría de siete miembros del comité, siempre que uno de ellos sea un juez en ejercicio de la Corte Suprema. Dos representantes del Colegio de Abogados participarán como observadores en estas reuniones del comité.

9. El comité seleccionará a un candidato para servir en los tribunales inferiores solo si el candidato ha aprobado con éxito un curso de preparación para un cargo de juez; los detalles sobre el formato del curso serán regulados por ley; El comité tendrá derecho a nombrar para el cargo de juez a una persona que no haya aprobado el curso por decisión unánime de todos los miembros del comité.

10. La acusación de los jueces se hará por mayoría de nueve de los once miembros del comité, incluido el Presidente de la Corte Suprema.

Establecimiento de derechos básicos en la ley (Reformas a la Ley Básica: Dignidad Humana y Libertad)

1. La Ley Básica: Dignidad Humana y Libertad codificará formalmente el derecho a la igualdad y la prohibición de la discriminación; el derecho a la libertad de expresión, opinión, manifestación y reunión.

2. Al mismo tiempo, se iniciará un proceso constitucional con participación pública en la Casa del Presidente donde se llevará a cabo una discusión sobre los temas constitucionales centrales del Estado de Israel, teniendo en cuenta la naturaleza diversa de la sociedad israelí y la formulación y la culminación de una Carta de Derechos Fundamentales integral, con amplio consenso, que se anclará en una Ley Fundamental.

Razonabilidad (Modificaciones a la Ley de Gobierno)

1. Las decisiones del Pleno del Gobierno en materia de política y designación de ministros no serán revisadas por un tribunal bajo el único criterio de razonabilidad.

2. Las decisiones de los ministros en materia de política no serán revocadas por el solo motivo de irrazonabilidad, a menos que sean arbitrarias o caprichosas.

3. Sin perjuicio de lo anterior, el criterio de razonabilidad seguirá aplicándose, en la medida en que resulte de aplicación conforme a la sentencia del Tribunal Supremo con motivo de la promulgación de las disposiciones previstas en este documento, en cuanto al resto del poder ejecutivo.

Asesoramiento legal al gobierno (Modificaciones a la Ley de Gobierno)

1. El estatuto de los asesores jurídicos de los ministerios gubernamentales:

a. Se nombrará un asesor legal por un período de 6 años.

b. El nombramiento de los asesores legales se realizará como un proceso de búsqueda profesional en el servicio civil y se preservará la independencia de los asesores legales. El procedimiento se llevará a cabo mediante concurso como es habitual en la actualidad.

C. Sin desviarse de las disposiciones de la ley relativas a la transferencia de un funcionario de su cargo, un ministro puede iniciar la destitución de un asesor legal de su cargo si existen desacuerdos sustanciales y continuos entre ellos que impiden una cooperación efectiva. Esto está sujeto a la aprobación de un comité cuyos miembros serán el Fiscal General, el Comisionado del Servicio Civil, un representante del ministerio pertinente que será designado por el Director General y un ex Director General de una oficina gubernamental que será designado por el Comisionado del Servicio Civil, con la aprobación del Fiscal General. Las decisiones del comité se tomarán por mayoría de sus miembros.

2. La opinión del Procurador General y de los asesores jurídicos de los ministerios de gobierno respecto de la ley es vinculante para las oficinas, departamentos y organismos en que prestan sus servicios.

3. No obstante lo anterior, el dictamen no será vinculante en cuanto a la constitucionalidad de los proyectos de ley que el gobierno desee llevar a la Knesset.

4. Un ministro tendrá derecho a apelar ante el Fiscal General sobre la opinión del asesor legal de la oficina donde el ministro sirve.

5. Si se presentó una petición contra el gobierno o sus miembros, y el Fiscal General decide que él o ella no representará la posición del gobierno o sus miembros ante los tribunales, según sea el caso, el gobierno o sus miembros tener derecho a recibir representación legal separada ante los tribunales.

Un plan plurianual para reducir la carga del sistema judicial

1. El número de jueces en Israel es significativamente menor que la norma en el mundo occidental, mientras que el número de casos abiertos es particularmente alto en comparación con el promedio internacional. Para optimizar el trabajo del sistema judicial, aliviar la carga judicial y mejorar el servicio que se brinda a los ciudadanos, es necesario agregar cientos de cargos judiciales.

2. Se adoptará un plan plurianual para reducir la carga del sistema judicial. Esto está sujeto al trabajo de personal que debe realizar la administración de los tribunales, para mejorar el servicio que se brinda al ciudadano y para reducir la carga del sistema judicial, y se establecerá la reglamentación adecuada para este fin.

Disposiciones transitorias y de vigencia (se incluirán en la Ley Fundamental: La Legislación)

1. No se promulgarán arreglos adicionales durante el período del 25º Knesset que traten de la relación entre las autoridades o cambien el estado del poder judicial o sus reglas de operación, el asesoramiento legal al gobierno y sus ramas.

2. Se establecerá un mecanismo para examinar la necesidad de trasladar a la legislación ordinaria disposiciones específicas que actualmente se encuentran en las disposiciones de las Leyes Básicas o de derogarlas. Por un período de 8 años, el Knesset tendrá derecho a derogar por mayoría de sus miembros una disposición de la Ley Básica que existía en vísperas de la nueva Ley Básica: La Legislación, con excepción de los artículos enumerados en la Ley Básica Ley: Dignidad Humana y Libertad, Ley Básica: Libertad de Ocupación, Ley Básica: La Knesset; Ley Básica: El Gobierno, Ley Básica: El Poder Judicial y Ley Básica: Israel, El Estado-Nación del Pueblo Judío.

1 comentario en «Texto completo: propuesta de reforma judicial de Herzog»
  1. Existe cierta tendencia “natural’ a relacionarse al Presidente de ISRAEL como una persona “neutral’ en la discusion actual.
    Pero no es asi…HERTZOG es una “persona politica”…y hace solo unos pocos años ha sido JEFE del partido Laborista ISRAELI.
    Si bien ha sido elegido como Presidente por su personalidad, pero no es correcto pensar que no tiene sus preferencias..y estas quedan demostradas en el documento que publico, y que es elevado en este articulo.
    El hecho de que sea un “documento presidencial’ le otorga (tambien en el Mundo) cierto respeto, y un intento por parte de factores externos a ISRAEL de influir sobre el Gobierno para aceptarlo…
    Pero eso no cambia la realidad, y esta es que la posicion elevada por el Presidente se alinea con la oposicion…porque “congela” la situacion existente (situacion que es criticada por el Gobierno, y que conduce a su intencion de cambiarla).

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