5 de julio de 1950: Israel aprueba la ley del retorno

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El 5 de julio de 1950, la Knesset (Parlamento israelí) promulgó una de las principales leyes del Estado de Israel: la Ley del Retorno, que concede la residencia y ciudadanía a todos los judíos o descendientes de judíos hasta la tercera generación de cualquier lugar del mundo que deseen emigrar al Estado hebreo, con sus beneficios, derechos y obligaciones.

Esta Ley otorgó un marco legal a una de las máximas aspiraciones del Movimiento Sionista: que los judíos puedan inmigrar libremente a Eretz Israel (la tierra de Israel), algo que durante el Mandato de Gran Bretaña había estado limitado.

La Ley comenzó a ser tratada por la Knesset luego de que culminara la Guerra de la Independencia, y al ser aprobada se divulgó con la firma del entonces primer ministro David Ben Gurion; del ministro del Interior, Moshé Shapira; y del secretario y presidente interino de la Knesset, Iosef Sprintzak; y otorga validez legal a lo expresado en la Declaración de Independencia del Estado de Israel, que en uno de sus ítems establece que «Israel estará abierto a la inmigración de los judíos de todos los países de la diáspora».


En su artículo primero establece que “todo judío tiene derecho a hacer aliá a Israel”, con la única excepción de quien actúa en contra del Pueblo Judío o puede poner en peligro la salud pública o la seguridad del Estado y tiene un pasado criminal.

La Ley de Ciudadanía, aprobada por la Knesset el 1 de abril de 1952, otorga a todos los olim (inmigrantes) la nacionalidad israelí.

La utilización del término “Aliá” deriva del verbo hebreo “laalot” que significa ascender, y se lo encuentra por primera vez en la Torá (Pentateuco) al referirse a los hijos de Israel que subían de Egipto a la tierra prometida (Génesis 50:14) y en el libro de Ezra (2:1) al mencionar a los exiliados que retornaban del cautiverio en Babilonia, considerando el Movimiento Sionista que el inmigrar a Eretz Israel es una manera de ascender espiritualmente.

Por motivos técnicos, la Ley del Retorno fue modificada en 1954 y en 1970 nuevamente fue considerada por la Knesset e incluyó entre los beneficiarios “al hijo y al nieto de un judío, a la pareja de un judío, y a la pareja del hijo y nieto de un judío, exceptuando a quien era judío y cambió de religión por voluntad propia”.

En su artículo cuarto, inciso b, define quien es judío al establecer que “a los fines de esta ley, ‘judío’ es todo aquel nacido de madre judía o convertido al Judaísmo y no es miembro de otra religión”.

A lo largo de su vigencia se han escuchado críticas que afirman que la Ley del Retorno es discriminatoria hacía los no judíos. Los derechos que esta ley otorga a los judíos y sus descendientes no discrimina a los no judíos que deseen ser ciudadanos israelíes pues no excluye otros caminos para obtener la ciudadanía: por naturalización, residencia o matrimonio con un ciudadano israelí, que son similares leyes de residencia y ciudadanía que existen en todos los países democráticos; y en las últimas décadas algo más de 300 mil no judíos inmigraron al Estado de Israel.

Por otra parte, el Estado de Israel no es el único país que tiene una ley de estas características, pues Alemania, Serbia, Grecia, Japón, Turquía, Italia, España, Irlanda, Chile, Polonia, Armenia, Rusia, China, Rumania y Finlandia, tienen leyes similares.

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