El entretenimiento y la propiedad intelectual

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Hablar de entretenimiento, es referirnos en la mayoría de los casos, a un desarrollo tecnológico vertiginoso. La especialización y profesionalización de las diferentes ramas del entretenimiento electrónico, rebasa en muchas ocasiones nuestra capacidad de asombro. Los reproductores de DVD empiezan a ser cosa del pasado, al ser sustituidos por los reproductores Blue Ray®, aún y cuando no hace mas de diez años, apenas aparecían como novedades en el mercado.

La fidelidad de imagen y sonido se hace evidente en cada uno de los desarrollos e innovaciones que se presentan en los mercados día a día. La alta definición es accesible a los consumidores en dispositivos cada vez más simples de usar, pero al mismo tiempo, cada vez más sofisticados y con funcionalidades incrementadas.

Las salas de cine nos producen emociones insospechadas, la aparición de las reproducciones en 3D en el cine y la televisión, aseguran un entretenimiento real en un mundo virtual donde la capacidad de asombro es rebasada continuamente.


Lo mismo ocurre con los videojuegos. Las posibilidades virtuales que nos brindan, son verdaderamente insospechadas. Los desarrolladores de videojuegos, consolas, controles, y dispositivos periféricos para interactuar con ellos, hacen aparecer estas posibilidades virtuales cada vez más “reales”. La innovación es cosa de todos los días, pues apenas aparece un juego nuevo, ya están apareciendo las versiones avanzadas del mismo.

Los espectáculos en vivo se han hecho accesibles a casi cualquier espectador, permitiendo la tecnología su explotación y posterior comercialización en soportes magnéticos diversos. Las grandes historias se convierten en películas o sagas cinematográficas que posteriormente se convierten en parques temáticos. Las justas deportivas, como el fútbol o los juegos olímpicos se trasladan a video juegos y la tecnología para mejorar su transmisión avanza rápidamente.

Por si todo lo anterior fuera poco, la conectividad que implican los dispositivos de comunicación y almacenamiento de información que ahora se encuentran disponibles, en conjunto con la Internet, hacen que el intercambio de información sea cosa sencilla, y brinda la posibilidad real de realizar en el mundo virtual juegos interactivos entre personas que se encuentran a miles de kilómetros. Las redes sociales avanzan a pasos agigantados, persuadiendo hasta al más desconfiado para unirse a ellas, e integrando también opciones de contenidos con entretenimiento.

Lo anterior es debido a que el entretenimiento es una necesidad básica que debe cumplir todo individuo, y es por eso que los desarrolladores de tecnología han volcado sus capacidades para brindar en la rama del entretenimiento un sinfín de posibilidades.

Pues bien, estas posibilidades a las que podemos acceder fácilmente, se deben en un porcentaje muy importante, a los sistemas de propiedad intelectual, ya sea los derechos de autor o los sistemas de Propiedad Industrial – patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, etc. – que al cumplir con su objetivo de permitir un desarrollo tecnológico sustentable, brindan a los creadores, innovadores y desarrolladores de tecnología para el entretenimiento, así como a los autores de los contenidos, legitimidad y protección a sus desarrollos, programas de computo y signos distintivos.

Quizás lo más relevante de esta industria sea el reconocimiento de que la única manera de extraer valor de todo lo arriba mencionado, es precisamente basar su modelo de negocios en la propiedad intelectual de las tecnologías y contenidos, permitiendo que se generen a sus vez, mas y mejores contenidos y desarrollos tecnológicos en pro del entretenimiento.

Es por eso que la propiedad Intelectual juega un papel por demás importante en el campo del entretenimiento, los reproductores, las consolas de videojuegos, sus controles y dispositivos de interconexión, los dispositivos de almacenamiento de información, entre otros, están o estuvieron protegidos por patentes, registros de diseño industrial y/o modelos de utilidad. Las programaciones y protocolos de tales dispositivos son obras protegidas por el derecho de Autor, y sus slogans y logotipos, son marcas debidamente protegidas, que brindan a sus titulares una ventaja competitiva que les mantiene en el lugar en que se encuentran, representándoles además de un valor económico, el beneficio de exclusividad, que explotado de manera adecuada, constituye la única arma para colocarse y perpetuarse en el gusto de los consumidores, manteniendo las ventajas obtenidas con base en su creatividad.

Igualmente importante resulta el manejo de los convenios por los cuales los contenidos y tecnologías alcanzan el mercado en la industria del entretenimiento. Los contenidos y elementos de edición de sonido, video, etc., en muchas ocasiones, requieren para su elaboración o ejecución un sin numero de autores y colaboradores, amparados por sendos convenios de licencia o cesión que permiten una claridad de la titularidad de los contenidos con el debido respeto a los derechos autorales y de ejecución, pasando por los derechos de imagen, nombres, diseños y marcas registradas.

En ámbitos del entretenimiento más tecnificados, es importante considerar que las tecnologías no se desarrollan tampoco por la misma persona, lo que además de significar un reto en términos de los convenios de transferencia de las tecnologías, ha dado lugar a estructuras y mecanismos verdaderamente complejos para el intercambio de las mismas, por ejemplo en el campo de la comunicación y la electrónica, a través del uso de licencias de patentes a participantes de estándares de operación de equipos o sistemas de telecomunicaciones, o bien, de las licencias de código abierto – open source – para el desarrollo de software o inclusive, el diseño de personajes tipo “avatares” en la web y redes sociales. Todo esto significa retos importantes en materia de propiedad intelectual y de convenios de licencia, que permitan acceder a nuevos horizontes en el mundo del entretenimiento.

El reto en la actualidad es grande, y debe invitarnos a la reflexión, pues las ventajas e innovaciones tecnológicas, lamentablemente son utilizadas también por aquellos que sin escrúpulos y sin la autorización correspondiente, lucran con los derechos intelectuales de otros, copiando, reproduciendo, comercializando y poniendo a disposición de los consumidores, videojuegos, archivos de audio y video, películas, DVDs, etc, constituyendo para los creadores, desarrolladores e innovadores, verdaderas fugas de capital, que siendo justos debieran estar siendo utilizadas para apoyar nuevos y mejores desarrollos en pro de un entretenimiento cada vez mas sofisticado y accesible a los mercados.

Es por ello que, entendiendo la complejidad y mérito que implica desarrollar una idea para entretenernos, pero sobre todo, llevarla al mercado, es importante cerrar con una reflexión sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual. Nadie valora los derechos de propiedad intelectual hasta que no le roban una idea. Es por esto que cada quien desde su trinchera debemos hacer un uso racional del sistema de propiedad intelectual. Como consumidores, evitando la adquisición de mercancía ilegal. Como creadores y desarrolladores, haciendo valer a través de los medios legítimos nuestros derechos de propiedad frente a aquellos que no los respeten. Como padres y educadores, sembrando la semilla de lo correcto en nuestros hijos y educandos, con la convicción de que estas acciones son en pro de seguir contando con adelantos e innovaciones para nuestro entretenimiento, y por qué no, de aportar nuestras propias ideas para entretener a los demás.

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