Información para la adquisición de la nacionalidad española por Carta de Naturaleza a sefardíes

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Para aquellos de nuestros lectores que nos han preguntado sobre los trámites y requisitos para solicitar la nacionalidad española, aquí encontrarán el instructivo que amablemente nos ha hecho llegar el Consulado General de España en Los Ángeles, California, con los pasos y requisitos que deberán cumplir los interesados.

Si aún existieran dudas, nos las pueden hacer llegar y trataremos de obtener las respuestas. Gracias por su preferencia. Así DiarioJudío.com se reitera al servicio de la Comunidad Judía en el mundo.

Si desea consultar la lista de apellidos que se usará para dar la ciudadanía a descendientes de sefaradíes, oprima aquí.


HOJA INFORMATIVA PARA LA ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR CARTA DE NATURALEZA A SEFARDÍES (ART. 21.1 del Código Civil)

PARA CUALQUIER TRÁMITE RELACIONADO CON LA NACIONALIDAD ESPAÑOLADEBERÁ SOLICITAR CITA PREVIA

Para el trámite de entrega de la solicitud de la nacionalidad española por carta de naturaleza a sefardíes en este Consulado General deberá presentar los originales y 2 fotocopias de los siguientes documentos:

Documentación general del solicitante (arts.220 y 221 RRC):

En la Solicitud deberá constar lo siguiente:

• Menciones de identidad, lugar y fecha de nacimiento del solicitante, su nacionalidad actual, acreditada mediante presentación de pasaporte en vigor (original y 2 fotocopias). En el caso de estar casado, los datos del cónyuge.

• Los hijos menores de dieciocho años si los tuviese.

• Donde tiene fijada su residencia y el domicilio a efecto de notificaciones.

• Puede expresar también la vecindad civil por la que optaría en caso de que se concediera la nacionalidad española (art. 15 Cc.) (Común, Gallega, Catalana, etc).

• En su caso, el compromiso de renunciar a la nacionalidad anterior y de prestar juramento o promesa de fidelidad y de obediencia a la Constitución y a las Leyes de España.

Por tanto, si quien adquiere la nacionalidad es sefardí y nacional de algún país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no debe renunciar a su nacionalidad anterior, pudiendo mantener ambas nacionalidades, la anterior y la española.

Para los casos en que quien adquiere la nacionalidad española es sefardí, pero no ostenta la nacionalidad de alguno de los países citados (por ejemplo estadounidense), debe renunciar a su nacionalidad anterior (estadounidense). Está en proyecto una reforma que equipare a los sefardíes con los naturales de los países citados, de forma que no tengan que renunciar a su nacionalidad anterior al adquirir la nacionalidad española.

2. Certificado de nacimiento del interesado legalizado o apostillado y además traducido, donde aparezca el nombre de los padres (en Estados Unidos “official long-form birth certificate”, expedido por el Departamento de Salud, no el del Hospital).

3. Certificado de antecedentes penales de su país, legalizado o apostillado y además traducido.

4. Certificado original de matrimonio, legalizado o apostillado, y además traducido.

5. Si el cónyuge es español, certificado literal de nacimiento del mismo.

Documentación específica que acredite las circunstancias excepcionales invocadas:

6. Los hechos y circunstancias se acreditarán por cualquier medio de prueba adecuado admitido en derecho y que el interesado estime oportunos de Ministros, por tanto, determinar si, en relación con cada solicitud individual, concurren dichas circunstancias excepcionales y, por tanto, resolver discrecionalmente sobre su concesión.

¿Quiénes pueden solicitarla?

El interesado por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años.

El mayor de 14 años, asistido por sus representantes legales.

Los representantes legales del menor de 14 años.

El incapacitado por sí solo o su representante legal, dependiendo de lo establecido en la sentencia de incapacitación.

¿Dónde puede presentar la solicitud?

Puede presentarla en este Consulado General si es residente en esta demarcación consular, que la enviará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil del Ministerio de Justicia en España o:

o En la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia. Plaza de Jacinto Benavente nº 3, 28012 Madrid.

o En el Registro Auxiliar del Ministerio de Justicia. Dirección General de los Registros y del Notariado. Plaza de Jacinto Benavente nº 3, 28071 Madrid.

o En el Registro de cualquier órgano de la Administración General del Estado en España (p.ej.: Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones) o de una Comunidad Autónoma en España.

v.14/12/2012

4 comentarios en «Información para la adquisición de la nacionalidad española por Carta de Naturaleza a sefardíes»
  1. Que quieren decir con "• En su caso, el compromiso de renunciar a la nacionalidad anterior y de prestar juramento o promesa de fidelidad y de obediencia a la Constitución y a las Leyes de España."? Hay que renunciar a la ciudadanía mexicana ?
    Que hay respecto al pago de impuestos si uno radica en México ?

    Responder
  2. Quiere decir que hay países que no tienen acuerdos de reconocimiento de doble nacionalidad con España, como supongo es el caso de España con los Estados Unidos de América. En el caso de México no es necesario renunciar a la nacionalidad mexicana, o como lo indican "si quien adquiere la nacionalidad es sefardí y nacional de algún país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no debe renunciar a su nacionalidad anterior, pudiendo mantener ambas nacionalidades, la anterior y la española.", México, como parte de Iberoamérica, queda dentro de la condición anterior. Una cuestión importante, como mencionas Saxfan, es si esto implica el comenzar a pagar impuestos a la corona española. Somos muchos los descendientes de los Sefaradíes expulsados injustamente de los territorios de la corona española y, no está mal que se reconozca dicha injusticia regresándoles su derecho a la nacionalidad Española, esta medida es algo que debemos de saludar con sincera alegría.

    Responder
  3. Buenas tardes,
    Mi nombre es Joseph Cohen. Me pongo en contacto con ustedes debido a que he visto el comunicado acerca de la nacionalidad española y la forma de tramitarla. El caso es que busco tramitarla debido a que quiero estudiar el resto de mi carrera en Madrid y residir allá en un futuro pronto. Yo estudié mi secundaria y preparatoria en el Colegio Hebreo Sefaradi y actualmente estudio Psicología en la Universidad de las Américas en el D.F.
    Bueno, realmente quería saber si me podrían ayudar a contestarme unas preguntas:
    1. ¿Qué tan difícil es que te autoricen el trámite y te den la nacionalidad?
    2. ¿Qué implica el renunciar a mi nacionalidad mexicana?
    3. ¿Qué tan largo es el proceso de trámite? Si quiero irme el semestre de Otoño 2013 me pregunto si es posible obtener el pasaporte antes de ello.

    Muchas gracias de antemano por su atención y quedo en espera de su respuesta.
    Saludos,
    Joseph Cohen.

    Responder
  4. Sr. Cohen: Como publicamos anteriormente le recomendamos checar con un abogado de migracion y/o la Secretaria de Relaciones Exteriores si puede tener ambas naconalidades.

    Tambien le recomendamos llenar las formas necesarias y preguntar en la Embajada que tan largo es el proceso.

    Solo estas instituciones podrandarle las respuestas que necesita para tan acertadas preguntas.
    Suerte

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