Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero: Todo listo para la jornada electoral

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Pasos para votar


Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero

1. ¿Qué es la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNERE)?

Es la lista nominal elaborada por el Instituto Federal Electoral (IFE) que contiene el nombre de las personas que entre el 1 de octubre de 2011 y el 15 de enero de 2012 enviaron su inscripción para votar desde el extranjero y ésta se declaró como procedente.

2. ¿Cuándo quedará conformada la LNERE definitiva?

De acuerdo con la ley electoral vigente, el plazo para que los ciudadanos enviaran sus solicitudes de inscripción a la LNERE concluyó el 15 de enero y el periodo de recepción de las mismas terminó el 15 de febrero de 2012. La LNERE definitiva estará conformada hasta el 31 de marzo; sin embargo, ésta puede modificarse hasta el 15 de mayo, cuando el Consejo General apruebe la LNERE definitiva.

3. ¿En caso de que alguno de los datos registrados en mi solicitud de inscripción a la LNERE se haya modificado qué debo hacer?

Si el ciudadano en el extranjero desea corregir o actualizar los datos de su solicitud de inscripción a la LNERE (por ejemplo, cambió de domicilio), tendrá hasta el 16 de marzo para realizar la notificación correspondiente al Instituto.

4. ¿Cómo puedo conocer el estado de mi solicitud de inscripción a la LNERE?

El ciudadano podrá consultar el estatus de su solicitud a través de IFETEL (marcando sin costo desde Estados Unidos al número 1866 986 8306 y desde otros países al +525554819897) o en la siguiente dirección: https://votoextranjero.ife.org.mx/silnere/estatus_filtro.sil. Para ello, sólo necesita el OCR (número vertical ubicado en el reverso de la Credencial para Votar con Fotografía) y el folio de su solicitud o el código postal que registró en la misma.

El PEP contiene los siguientes elementos:

A. Boleta electoral: instrumento en el que los ciudadanos expresan su preferencia electoral. Aquellos registrados en la LNERE reciben una boleta electoral para votar únicamente por el Presidente de la República.

B. Sobre voto: sobre pequeño de color café, en el cual debe introducirse la boleta electoral una vez elegido al candidato.

C. Sobre postal: sobre para que el ciudadano remita el sobre voto; éste tiene impresa la etiqueta con porte pagado o las estampillas necesarias para que el envío del voto no tenga costo para el ciudadano.

D. Instructivo: documento que explica el procedimiento para votar y enviar el voto desde el extranjero.

E. Cuadernillo: documento con los perfiles biográficos, las propuestas y plataformas de los candidatos.

F. DVD: disco con los mensajes de los candidatos a la Presidencia de la República grabados en cápsulas de 5 minutos y un mensaje del Consejero Presidente.

G. Portarretratos armable.

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