Nacionalidad española para descendientes de judíos sefardíes: última oportunidad

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En 2015, se aprobó la Ley de descendientes de judíos sefaradíes. Fruto de una reivindicación histórica, esta ley busca resarcir a los descendientes de aquellos españoles que se vieron obligados a abandonar la península ibérica por sus creencias religiosas.

Para ser acreedores de la nacionalidad a través de esta ley, los descendientes de judíos sefaradíes deberán acreditar con árboles genealógicos y otros documentos que sus apellidos proceden de aquellos judíos expulsados del territorio de Castilla, pues España no existía entonces como entidad nacional. Este trámite no resulta sencillo, pues implica reunir los siguientes requisitos:

  1. Certificado para la obtención de la nacionalidad, expedido por el presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España. El trámite tiene un precio de unos 60 euros.
  2. Certificado expedido por el presidente, cargo análogo o rabino de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado.
  3. La segunda posibilidad es tener un certificado del presidente de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado
  4. La acreditación del uso como idioma familiar del ladino o haquetía. “El tercer documento válido para probar esto es contar con un certificado de la autoridad rabínica del país de residencia”, dice la ley.
  5. Ketubah o contrato matrimonial judío, en el que conste la celebración del matrimonio según las tradiciones de Castilla: “La cuarta prueba de descendencia es una partida de nacimiento o la ketubaho certificado matrimonial, con el que se de fe de su celebración según las tradiciones de Castilla.”
  6. Informe motivado que acredite la pertenencia al linaje sefardí de los apellidos del solicitante: “Deberá presentarse “informe de una entidad de competencia suficiente, que acredite la pertenencia de los apellidos del solicitante al linaje sefardí de origen español”
  7. Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su condición de sefardí originario de España.

El plazo para presentar la solicitud de adquisición de la nacionalidad española vence el próximo 1 de octubre de 2019, se cumple el plazo fijado. Algunos despachos de abogados y consultorías se aprovechan de las prisas para presentar la solicitud a tiempo, conscientes de lo que para muchos solicitantes implica el trámite. La obtención de la nacionalidad española se convierte en una plataforma para acceder de manera legal a los derechos y obligaciones en España, además de la oportunidad del libre tránsito por la Unión Europea con todos sus derechos y obligaciones. Miles de abogados han identificado un negocio rentable en la posibilidad de obtener la nacionalidad española y, por ende, la ciudadanía europa, una realidad a la que diversas nacionalidades y grupos pueden acceder.


Las autoridades españolas se ven desbordadas ante las miles de solicitudes presentadas, lo que provoca el colapso del portal del Ministerio de Justicia.

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