Próximo miércoles el mundo recordará el Día Internacional de Conmemoración de las Víctimas del Holocausto

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Como todos los 27 de enero, el próximo miércoles el mundo recordará el “Día Internacional de Conmemoración Anual en Memoria de las Víctimas del Holocausto”, establecido, mediante la resolución 60/7, el 1º de noviembre de 2005 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su 42ª sesión plenaria y con el consenso de todos sus miembros.

El autor del diseño (foto) adoptado como emblema de la efeméride es el argentino Matías Delfino.

La fecha coincide con la llegada, en 1945, del Ejército Rojo soviético al campo de exterminio de Auschwitz-Birkenau, en Polonia, poco después de que éste fuera abandonado por los nazis.


La citada norma está integrada por 6 artículos y también reconoce el exterminio de un tercio del pueblo judío durante la Segunda Guerra Mundial, rechaza la negación de la Shoá, insta a sus Estados miembros a que elaboren programas educativos alusivos y preserven los lugares históricos donde funcionaran campos de trabajo y exterminio, y condena toda manifestación de intolerancia y discriminación por motivos religiosos y étnicos.

Este año, la ONU adoptó el lema “El Holocausto y la dignidad humana” y organizará eventos alusivos.

En el caso de la Argentina, el gobierno comenzó a efectuarlo de inmediato, desde comienzos de 2006, y la organización del acto oficial es responsabilidad, en forma rotativa, de los tres ministerios que integran el Capítulo Argentino de la Alianza Internacional de Rememoración del Holocausto, los de Educación, de Justicia y Derechos Humanos, y de Relaciones Exteriores y Culto, junto con las diversas entidades de la sociedad civil que participan del mismo.

En esta ocasión, el acto central se realizará el martes 26, en la Plaza de la Shoá.

Resolución 60/7

Naciones Unidas A/RES/60/7
Asamblea General
Distr. general
21 de noviembre de 2005
Sexagésimo período de sesiones
Tema 72 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
60/7. Recordación del Holocausto
La Asamblea General,

Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos (1), en que proclama que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, religión o de ninguna otra índole.

Recordando el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Recordando también el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2), en los que se proclama que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Teniendo presente que el principio en que se funda la Carta de las Naciones Unidas “de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra” atestigua el vínculo indisoluble que existe entre la Organización y la tragedia sin parangón de la segunda guerra mundial.

Recordando la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (3), que se aprobó para evitar que volvieran a repetirse genocidios como los cometidos por el régimen nazi.

Recordando también el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad.

Tomando nota de que en su sexagésimo período de sesiones se celebra el año en que se cumple el sexagésimo aniversario de la derrota del régimen nazi.

Recordando su vigésimo octavo período extraordinario de sesiones, un acontecimiento sin igual, que se celebró en conmemoración del sexagésimo aniversario de la liberación de los campos de concentración nazis,

Rindiendo homenaje al valor y a la entrega demostrados por los soldados que liberaron los campos de concentración.

Reafirmando que el Holocausto, que tuvo como resultado que un tercio del pueblo judío e innumerables miembros de otras minorías murieran asesinados, será siempre una advertencia para todo el mundo de los peligros del odio, el fanatismo, el racismo y los prejuicios,

1. Decide que las Naciones Unidas designen el 27 de enero Día Internacional de Conmemoración anual en memoria de las víctimas del Holocausto;

2. Insta a los Estados Miembros a que elaboren programas educativos que inculquen a las generaciones futuras las enseñanzas del Holocausto con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro y, en ese contexto, encomia al Grupo de Trabajo para la cooperación internacional en la enseñanza, recordación e investigación del Holocausto;

3. Rechaza toda negación, ya sea parcial o total, del Holocausto como hecho histórico;

4. Encomia a los Estados que han participado activamente en la preservación de los lugares que sirvieron de campos de exterminio, campos de concentración, campos de trabajo forzoso y cárceles nazis durante el Holocausto;

5. Condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar;

6. Pide al Secretario General que establezca un programa de divulgación titulado “El Holocausto y las Naciones Unidas” y que adopte medidas para movilizar a la sociedad civil en pro de la recordación del Holocausto y la educación al respecto, con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro; que le informe sobre el establecimiento del programa en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la presente resolución; y que le informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la ejecución del programa.

(1) Resolución 217 A (III).
(2) Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
(3) Resolución 260 A (III), anexo.

42ª sesión plenaria
1° de noviembre de 2005

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