La historia de los judíos en España – Parte I

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En la España medieval los judíos constituyeron una de las comunidades más prósperas de su historia, tanto bajo el dominio musulmán como, posteriormente, en los reinos cristianos, antes de que en 1492 fuesen expulsados por los Reyes Católicos tras la promulgación del Edicto de Granada.

En la actualidad no existe censo del número de judíos en España. Un estudio acometido en 2012 por Sergio della Pergola calculó tan solo 12.000 individuos; sin embargo, todas las demás fuentes, incluida la Federación de Comunidades Judías de España, calculan una comunidad de entre 40.000 y 50.000 personas.

Edad Antigua


Orígenes de la presencia judía en la península ibérica

Algunos asocian el país bíblico de Tarsis, mencionado en los libros de Isaías, Jeremías, Ezequiel, Abdías, Primero de los Reyes y Jonás, con la antigua civilización de Tartessos o, al menos, con algún lugar de la península ibérica. Si esta identificación fuese correcta, el contacto de los judíos con la península ibérica se remontaría a la época de Salomón. ​

Parece claro, en cualquier caso, que el reino de Israel mantuvo relaciones comerciales con un lugar llamado Tarsis. En Ezequiel 27:12 así se dice: “Tarsis comerciaba contigo por la abundancia de todas tus riquezas, con plata, hierro, estaño y plomo a cambio de tus mercaderías”. Igualmente se hace referencia a este comercio en 1Reyes 10:22: “Una vez cada tres años la flota de Tarsis venía y traía oro, plata, marfil, monos y pavos reales”. Al describir el imperio comercial de Tiro, de oeste a este, Tarsis es el primer lugar que se cita (Ezequiel 27:12-14) y es asimismo el país lejano al que Jonás quiere ir para escapar de Dios (Jonás), lo que sugiere que el país de Tarsis se encontraba en el extremo occidental del Mediterráneo. Los fenicios, aliados de los israelitas en la época de Salomón, mantuvieron además una estrecha relación comercial con la península ibérica (la fundación de Gades, la futura Cádiz, suele datarse en el año 1100 a. C.). Todo ello deja abierta la posibilidad de que llegase a haber relación entre los israelitas y la península ibérica a comienzos del i milenio a. C., pero no ofrece prueba alguna que demuestre que haya ocurrido así. En Cádiz se encontró un sello que data de los siglos VIII o VII a. C., en el que hay una inscripción que según algunos autores sería antiguo hebreo, pero la mayoría de los investigadores consideran que se trata de fenicio.

Existen tradiciones según las cuales los primeros judíos llegaron a la península ibérica tras la caída del Primer Templo en 586 a. C. Sin embargo, se cree que tales tradiciones carecen de base histórica y que estaban encaminadas sobre todo a exculpar a los judíos peninsulares de la muerte de Jesús, ​ una tesis confirmada por las recientes excavaciones arqueológicas en Cástulo, dirigidas por el Dr. Marcelo Castro, director del Conjunto Arqueológico de Cástulo, que han hallado evidencias arqueológicas que apuntan a una presencia judía en la zona que podría datarse entre los siglos IV y V, la más antigua de España, muy posterior al inicio de la era cristiana.

Época romana

Hay evidencias de presencia judía en la Península que datan de la época romana, pero no se conoce la fecha exacta en que las primeras comunidades judías se instalaron en Hispania. En la Epístola a los romanos, Pablo de Tarso manifiesta su intención de ir a Hispania a predicar el evangelio (Romanos 15:24-28), lo cual podría ser un indicio de que existían entonces allí comunidades judías. ​

Algunas pruebas materiales de la presencia judía en la Península son dos inscripciones judías trilingües (hebreo, latín y griego) halladas en Tarragona​ y en Tortosa, ​ cuya datación varía según los autores entre los siglos II a. C. y VI d. C. Del siglo III data probablemente la inscripción sepulcral hallada en Abdera (actual Adra) de una niña judía, llamada Salomonula. En la isla de Ibiza se ha encontrado un ánfora con caracteres hebreos que data al menos del siglo I.

El primer documento incontestable que prueba la existencia de comunidades judías en Hispania son los cánones del concilio de Elvira, celebrado por los cristianos de la península ibérica en Elvira (Ilíberis) a comienzos del siglo IV. En dichos cánones se demuestra no sólo que ya existían comunidades judías en Hispania, sino que se trataba de comunidades prósperas y que practicaban un activo proselitismo. La religión judaica se presenta como una seria competidora del cristianismo, que no es todavía la religión oficial del Imperio, y el concilio se propone combatir activamente sus avances. Cuatro de los 81 cánones se refieren a los judíos: los números 16, 49, 50 y 78. En el canon 16 se prohíbe a los cristianos contraer matrimonio con mujeres judías bajo pena de excomunión de cinco años. En el 49 se amenaza con la excomunión perpetua a los cristianos que hagan bendecir sus tierras por judíos, y el 50 prohíbe que miembros de las dos religiones se sienten a una misma mesa. Por último, el canon 78 sanciona con cinco años de excomunión al cristiano que cometa adulterio con una mujer judía.

En el mundo romano los judíos no eran considerados como una etnia, sino como un grupo religioso que allí donde se instalaba formaba comunidades relativamente autónomas -antecedentes de las aljamas medievales (entidades autónomas en las que se agrupaban las comunidades judías durante la Edad Media en la península ibérica y las islas Baleares en las que se regían la vida de sus miembros, vigilando que sus costumbres y su moral se ajustaran a lo establecido por la religión judía)- gobernadas por un consejo propio y cuyos miembros solían vivir en un mismo barrio para estar cerca de la sinagoga, de las escuelas rabínicas o de las carnicerías y tiendas donde se abastecían de los alimentos preparados según las prescripciones de la ley mosaica. Los judíos, que no tenían ninguna dedicación profesional específica, gozaban del estatuto de religión autorizada (religio licita), aunque algunos romanos los miraban con recelo a causa de su monoteísmo y su dificultad para asimilarse al resto de la población a causa de sus costumbres religiosas.

La Parte II se editará el 13-07-2023

Fuente: Wikipedia

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